En
la reunión celebrada el día 26 de Enero de 2015, por el Comité
Técnico de Disciplina y Apelación Deportiva de este Campeonato, se
acordaron los siguientes temas:
SANCIONAR
al equipo: CLUB DEPORTIVO
PUEBLA, por incumplimiento
de los artículos: 6.4. y 6.4.1., pertenecientes al capítulo VI.
SANCIONES PARA LOS EQUIPOS, de las Normas Generales de Régimen
Disciplinario, que dicen:
INCOMPARECENCIA
6.4.
Al equipo que no comparezca
a un encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario
Oficial, se le sancionará como sigue:
6.4.1.
Pérdida del partido por el
resultado de 3-0 y el descuento de un (1) punto menos en la
Clasificación General.
Tal
circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar
disciplinariamente, con
carácter “irrevocable”,
al equipo: Club Deportivo
Puebla,
con la pérdida del
encuentro (3-0) y el
descuento de
un (1) punto menos en
la Clasificación General.
Todo ello, al “no haberse
presentado al encuentro que debió celebrarse el pasado Domingo, 25
de Enero de 2015, que enfrentaba a los equipos: C.D. Puebla –
Reparaciones Juan Rodríguez”.
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