miércoles, 24 de febrero de 2016

SANCIÓN 16ª JORNADA. XXIV CTO. DE LIGA LOCAL DE FÚTBOL-7 AFICIONADOS

En la reunión celebrada el día 22 de Febrero de 2016, por el Comité Técnico de Disciplina y Apelación Deportiva de este Campeonato, se acordaron los siguientes temas:

- SANCIONAR al jugador del equipo: PEÑA EL GALLO FILISUCO, D. Jorge Díaz Novas, por incumplimiento del artículo: 4.1.1. perteneciente al capítulo: IV. SANCIONES PARA LOS JUGADORES, de las Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dice:

4.1.1. AMARILLA un partido de suspensión dentro del primer ciclo de amonestaciones (3 tarjetas amarillas).

Tal circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar disciplinariamente con carácter “irrevocable”, al jugador D. Jorge Díaz Novas, con un (1) partido de suspensión, a computar desde la siguiente jornada a la notificación de esta resolución (17ª Jornada). Todo ello, al haber contabilizado el primer ciclo de amonestaciones (3 cartulinas amarillas).

- SANCIONAR al jugador del equipo: PANADERÍA LA FAMILIA-BAR GRANA Y ORO, D. Luis Alfonso Gutiérrez Neila, por incumplimiento del artículo: 4.1.1. perteneciente al capítulo: IV. SANCIONES PARA LOS JUGADORES, de las Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dice:

4.1.1. AMARILLA un partido de suspensión dentro del primer ciclo de amonestaciones (3 tarjetas amarillas).

Tal circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar disciplinariamente con carácter “irrevocable”, al jugador D. Luis Alfonso Gutiérrez Neila, con un (1) partido de suspensión, a computar desde la siguiente jornada a la notificación de esta resolución (15ª Jornada Aplazada). Todo ello, al haber contabilizado el primer ciclo de amonestaciones (3 cartulinas amarillas).

- SANCIONAR al jugador del equipo: PANADERÍA LA FAMILIA-BAR GRANA Y ORO, D. Dámaso Gómez Márquez, por incumplimiento de los artículos: 4.1.1., 4.1.3. y 4.2. pertenecientes al capítulo: IV. SANCIONES PARA LOS JUGADORES, de las Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dicen:

4.1.1. Amonestaciones o cartulinas mostradas (ROJA).

4.1.3. Insultos: con carácter de menosprecio, un encuentro de suspensión.

4.2. Las faltas indicadas en los apartados anteriores realizadas por un jugador contra un árbitro/os se sancionarán con el DOBLE de lo dispuesto en los anteriores puntos; pudiendo llegar, en el artículo 4.1.4., a la descalificación a perpetuidad.

Tal circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar disciplinariamente al jugador, D. Dámaso Gómez Márquez, con dos (2) partidos de suspensión, a computar desde la siguiente jornada a la notificación de esta resolución (15ª Jornada Aplazada y 16ª Jornada). Todo ello, por su comportamiento incorrecto mostrado en el partido celebrado el pasado Domingo, 14 de Febrero de 2016, entre los equipos: Panadería La Familia-Bar Grana y Oro – Asociación de Veteranos Caurienses, al “dirigirse al árbitro con insultos de menosprecio desaprobatorios contra sus decisiones arbitrales”. Circunstancias éstas, que quedan claramente reflejadas en el Acta del Encuentro correspondiente.

- SANCIONAR al equipo: LOS J´HAYBER, por incumplimiento de los artículos: 6.4. y 6.4.2., pertenecientes al capítulo VI. SANCIONES PARA LOS EQUIPOS, de las Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dicen:

INCOMPARECENCIA
6.4. Al equipo que no comparezca a un encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario Oficial, se le sancionará como sigue:

6.4.2. Si este hecho se repitiera por segunda vez a lo largo de la misma temporada, acarrearía la pérdida del partido por el resultado de 3-0 y el descuento de dos (2) puntos menos en la Clasificación General.


Tal circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar disciplinariamente con carácter “irrevocable” al equipo, Los J´Hayber, con dos (2) puntos menos en la Clasificación General y la pérdida del encuentro por el resultado de 3-0. Todo ello, por su comportamiento incorrecto en el partido que debió celebrarse el pasado Domingo, 21 de Febrero de 2016, que enfrentaba a los equipos: Borussia Donuts – Los J´Hayber, al “no comparecer al encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario Oficial de Liga”. Circunstancia ésta, que queda claramente reflejada en el Acta del Encuentro correspondiente.

No hay comentarios: