En
la reunión celebrada el día 7 de Noviembre de 2016, por el Comité
Técnico de Disciplina y Apelación Deportiva de este Campeonato, se
acordaron los siguientes temas:
-
SANCIONAR
al jugador del equipo: LA
MARSELLESA-BAR LAS PISCINAS RINCÓN,
D. Maikel Estévez Santano,
por incumplimiento de los artículos: 4.1.1., 4.1.3. y 4.2.
pertenecientes al capítulo: IV. SANCIONES PARA LOS JUGADORES, de las
Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dicen:
4.1.1.
Amonestaciones o cartulinas
mostradas (ROJA).
4.1.3.
Insultos: con carácter de
menosprecio, un encuentro de suspensión.
4.2.
Las faltas indicadas en los
apartados anteriores realizadas por un jugador contra un árbitro/os
se sancionarán con el DOBLE de lo dispuesto en los anteriores
puntos; pudiendo llegar, en el artículo 4.1.4., a la descalificación
a perpetuidad.
Tal
circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar
disciplinariamente al
jugador, D. Maikel Estévez
Santano, con dos
(2)
partidos de suspensión,
a computar desde la siguiente jornada a la notificación de esta
resolución (5ª y 6ª
Jornadas).
Todo ello, por su comportamiento incorrecto mostrado en el partido
celebrado el pasado Domingo, 6 de Noviembre de 2016, entre los
equipos: Estructuras Gravelina Susaño SL – La Marsellesa-Bar Las
Piscinas Rincón, al “dirigirse
al árbitro con insultos de menosprecio hacia su persona”.
Circunstancia ésta, que queda claramente reflejada en el Acta del
Encuentro correspondiente.
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