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SANCIONAR
al jugador del equipo: ASOCIACIÓN
DE VETERANOS CAURIENSES DE FÚTBOL,
D. Santiago Javier Morea
Monroy, por incumplimiento
de los artículos: 4.1.1. y 4.1.3. pertenecientes al capítulo: IV.
SANCIONES PARA LOS JUGADORES, de las Normas Generales de Régimen
Disciplinario, que dicen:
4.1.1. Amonestaciones
o cartulinas mostradas (ROJA).
4.1.3.
(...) Amenazas o actitudes
coercitivas hacia otros jugadores o suplentes, entrenadores,
delegados o público en general: suspensión por tres encuentros.
Tal
circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar
disciplinariamente al
jugador, D. Santiago Javier
Morea Monroy, con tres
(3)
partidos de suspensión,
a computar desde la siguiente jornada a la notificación de esta
resolución (14ª Jornada,
Cuartos de Final y Semifinal de la Temporada 2017/2018 ó 1ª Jornada
de la Temporada 2018/2019).
Todo ello, por su
comportamiento incorrecto mostrado en el partido celebrado el pasado
Domingo, 25 de Febrero de 2018, entre los equipos: Asociación de
Veteranos Caurienses de Fútbol – Asociación Deportiva Villa de
Moraleja, al “menospreciarse
con insultos y amenazarse
mutuamente con un jugador contrario sin llegar a la agresión”.
Circunstancias éstas,
que quedan claramente reflejadas en el Acta del Encuentro
correspondiente.
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SANCIONAR
al jugador del equipo: ASOCIACIÓN
DEPORTIVA VILLA DE MORALEA,
D. Álvaro Fuentes Quintero,
por incumplimiento de los artículos: 4.1.1. y 4.1.3. pertenecientes
al capítulo: IV. SANCIONES PARA LOS JUGADORES, de las Normas
Generales de Régimen Disciplinario, que dicen:
4.1.1. Amonestaciones
o cartulinas mostradas (ROJA).
4.1.3.
(...) Amenazas o actitudes
coercitivas hacia otros jugadores o suplentes, entrenadores,
delegados o público en general: suspensión por tres encuentros.
Tal
circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar
disciplinariamente al
jugador, D. Álvaro Fuentes
Quintero, con tres
(3)
partidos de suspensión,
a computar desde la siguiente jornada a la notificación de esta
resolución (14ª Jornada,
Cuartos de Final y Semifinal de la Temporada 2017/2018 ó 1ª Jornada
de la Temporada 2018/2019).
Todo ello, por su
comportamiento incorrecto mostrado en el partido celebrado el pasado
Domingo, 25 de Febrero de 2018, entre los equipos: Asociación de
Veteranos Caurienses de Fútbol – Asociación Deportiva Villa de
Moraleja, al “menospreciarse
con insultos y amenazarse
mutuamente con un jugador contrario sin llegar a la agresión”.
Circunstancias éstas,
que quedan claramente reflejadas en el Acta del Encuentro
correspondiente.
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SANCIONAR
al equipo: CONSTRUCCIONES
CORDERO IBARRA, por
incumplimiento de los artículos: 6.4. y 6.4.1., pertenecientes al
capítulo VI. SANCIONES PARA LOS EQUIPOS, de las Normas Generales de
Régimen Disciplinario, que dicen:
INCOMPARECENCIA
6.4.
Al equipo que no comparezca
a un encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario
Oficial, se le sancionará como sigue:
6.4.1.
Pérdida del partido por el
resultado de 3-0 y el descuento de un (1) punto menos en la
Clasificación General.
Tal
circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar
disciplinariamente, con
carácter “irrevocable”,
al equipo: Construcciones
Cordero Ibarra,
con la pérdida del
encuentro (3-0) y el
descuento de
un (1) punto menos en
la Clasificación General.
Todo ello, por su comportamiento incorrecto en el partido que debió
celebrarse el pasado Domingo, 25 de Febrero de 2018, que enfrentaba a
los equipos: Construcciones Cordero Ibarra – Estructuras Gravelina
Susaño SL, al “no
comparecer al encuentro a la hora y al día señalado en el
Calendario Oficial de Liga”.
Circunstancia ésta, que queda claramente reflejada en el Acta del
Encuentro correspondiente.
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SANCIONAR
al equipo: DUCHA PREST
SHOWER DESIGN, por
incumplimiento de los artículos: 6.4. y 6.4.2. pertenecientes al
capítulo VI. SANCIONES PARA LOS EQUIPOS, de las Normas Generales de
Régimen Disciplinario, que dicen:
INCOMPARECENCIA
6.4.
Al equipo que no comparezca
a un encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario
Oficial, se le sancionará como sigue:
6.4.2.
Si este hecho se repitiera
por segunda vez a lo largo de la misma temporada, acarrearía la
pérdida del partido por
el resultado de 3-0 y el descuento de dos (2) puntos menos en la
Clasificación General.
Tal
circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar
disciplinariamente con
carácter “irrevocable”
al equipo, Ducha Prest
Shower Design, con dos
(2) puntos menos en la Clasificación General
y la pérdida del encuentro
por el resultado de 3-0.
Todo ello, por su comportamiento incorrecto en el partido que debió
celebrarse el pasado Domingo, 25 de Febrero de 2018, que enfrentaba a
los equipos: Ducha Prest Shower Design – Carpas Mario, al “no
comparecer al encuentro a la hora y al día señalado en el
Calendario Oficial de Liga”.
Circunstancia ésta, que queda claramente reflejada en el Acta del
Encuentro correspondiente.
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