jueves, 1 de marzo de 2018

SANCIÓN JORNADA 13ª. XXVI CTO. LIGA LOCAL FÚTBOL-7 AFICIONADOS



En la reunión celebrada el día 26 de Febrero de 2018, por el Comité Técnico de Disciplina y Apelación Deportiva de este Campeonato, se acordaron los siguientes temas:

- SANCIONAR al jugador del equipo: ASOCIACIÓN DE VETERANOS CAURIENSES DE FÚTBOL, D. Santiago Javier Morea Monroy, por incumplimiento de los artículos: 4.1.1. y 4.1.3. pertenecientes al capítulo: IV. SANCIONES PARA LOS JUGADORES, de las Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dicen:

4.1.1. Amonestaciones o cartulinas mostradas (ROJA).
4.1.3. (...) Amenazas o actitudes coercitivas hacia otros jugadores o suplentes, entrenadores, delegados o público en general: suspensión por tres encuentros.

Tal circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar disciplinariamente al jugador, D. Santiago Javier Morea Monroy, con tres (3) partidos de suspensión, a computar desde la siguiente jornada a la notificación de esta resolución (14ª Jornada, Cuartos de Final y Semifinal de la Temporada 2017/2018 ó 1ª Jornada de la Temporada 2018/2019). Todo ello, por su comportamiento incorrecto mostrado en el partido celebrado el pasado Domingo, 25 de Febrero de 2018, entre los equipos: Asociación de Veteranos Caurienses de Fútbol – Asociación Deportiva Villa de Moraleja, al “menospreciarse con insultos y amenazarse mutuamente con un jugador contrario sin llegar a la agresión”. Circunstancias éstas, que quedan claramente reflejadas en el Acta del Encuentro correspondiente.

- SANCIONAR al jugador del equipo: ASOCIACIÓN DEPORTIVA VILLA DE MORALEA, D. Álvaro Fuentes Quintero, por incumplimiento de los artículos: 4.1.1. y 4.1.3. pertenecientes al capítulo: IV. SANCIONES PARA LOS JUGADORES, de las Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dicen:

4.1.1. Amonestaciones o cartulinas mostradas (ROJA).
4.1.3. (...) Amenazas o actitudes coercitivas hacia otros jugadores o suplentes, entrenadores, delegados o público en general: suspensión por tres encuentros.

Tal circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar disciplinariamente al jugador, D. Álvaro Fuentes Quintero, con tres (3) partidos de suspensión, a computar desde la siguiente jornada a la notificación de esta resolución (14ª Jornada, Cuartos de Final y Semifinal de la Temporada 2017/2018 ó 1ª Jornada de la Temporada 2018/2019). Todo ello, por su comportamiento incorrecto mostrado en el partido celebrado el pasado Domingo, 25 de Febrero de 2018, entre los equipos: Asociación de Veteranos Caurienses de Fútbol – Asociación Deportiva Villa de Moraleja, al “menospreciarse con insultos y amenazarse mutuamente con un jugador contrario sin llegar a la agresión”. Circunstancias éstas, que quedan claramente reflejadas en el Acta del Encuentro correspondiente.

- SANCIONAR al equipo: CONSTRUCCIONES CORDERO IBARRA, por incumplimiento de los artículos: 6.4. y 6.4.1., pertenecientes al capítulo VI. SANCIONES PARA LOS EQUIPOS, de las Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dicen:

INCOMPARECENCIA
6.4. Al equipo que no comparezca a un encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario Oficial, se le sancionará como sigue:

6.4.1. Pérdida del partido por el resultado de 3-0 y el descuento de un (1) punto menos en la Clasificación General.

Tal circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar disciplinariamente, con carácter “irrevocable”, al equipo: Construcciones Cordero Ibarra, con la pérdida del encuentro (3-0) y el descuento de un (1) punto menos en la Clasificación General. Todo ello, por su comportamiento incorrecto en el partido que debió celebrarse el pasado Domingo, 25 de Febrero de 2018, que enfrentaba a los equipos: Construcciones Cordero Ibarra – Estructuras Gravelina Susaño SL, al “no comparecer al encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario Oficial de Liga”. Circunstancia ésta, que queda claramente reflejada en el Acta del Encuentro correspondiente.

- SANCIONAR al equipo: DUCHA PREST SHOWER DESIGN, por incumplimiento de los artículos: 6.4. y 6.4.2. pertenecientes al capítulo VI. SANCIONES PARA LOS EQUIPOS, de las Normas Generales de Régimen Disciplinario, que dicen:

INCOMPARECENCIA
6.4. Al equipo que no comparezca a un encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario Oficial, se le sancionará como sigue:

6.4.2. Si este hecho se repitiera por segunda vez a lo largo de la misma temporada, acarrearía la pérdida del partido por el resultado de 3-0 y el descuento de dos (2) puntos menos en la Clasificación General.

Tal circunstancia, nos obliga, por tanto, a sancionar disciplinariamente con carácter “irrevocable” al equipo, Ducha Prest Shower Design, con dos (2) puntos menos en la Clasificación General y la pérdida del encuentro por el resultado de 3-0. Todo ello, por su comportamiento incorrecto en el partido que debió celebrarse el pasado Domingo, 25 de Febrero de 2018, que enfrentaba a los equipos: Ducha Prest Shower Design – Carpas Mario, al “no comparecer al encuentro a la hora y al día señalado en el Calendario Oficial de Liga”. Circunstancia ésta, que queda claramente reflejada en el Acta del Encuentro correspondiente.

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