En la reunión celebrada el día 7 de enero de 2025, por el
Comité Técnico de Disciplina y Apelación Deportiva de este Campeonato, se
acordaron los siguientes temas:
- INFORMAR a todos los DELEGADOS y EQUIPOS participantes
dentro del XXXII CAMPEONATO DE LIGA LOCAL DE FÚTBOL-7 AFICIONADOS que, debido
a la existencia de determinado acto antideportivo acaecido durante el primer
tramo de la Competición, aquellas faltas
cometidas por incumplimiento de los artículos: 6.17., 6.17.1., 6.17.2., 6.17.3. y 6.17.4., pertenecientes al
capítulo VI. SANCIONES PARA LOS EQUIPOS, de las Normas Generales de
Régimen Disciplinario, se sancionarán a tenor de lo dictado en los mismos que dicen:
PÚBLICO Y SEGUIDORES
6.17. Se
considerará al equipo, responsable del comportamiento de sus seguidores
y acompañantes contra el normal desarrollo de un encuentro (incitación e
insultos a jugadores, entrenadores, delegados, árbitros o público en general
cuando éstos se encuentren en la zona delimitada a banquillos o incluso en las
áreas previstas para el seguimiento de los partidos); siendo sancionados por
las faltas específicas protagonizadas por los mismos del modo siguiente:
6.17.1.
Incidentes leves (gritos, gestos,
insultos lesivos o actitudes antideportivas): amonestación del responsable
directo del equipo, de mayor a menor rango.
6.17.2.
Incidentes graves (amenazas o
coacciones): suspensión del partido.
6.17.3. Incidentes
muy graves (intento de agresión): pérdida del partido y descuento
de dos (2) puntos de la Clasificación General.
6.17.4. Reincidencia
en incidentes graves o muy graves (agresión directa): expulsión
automática del equipo de la Competición.
En este sentido, tales infracciones cometidas obligarán por tanto al Comité Técnico de Disciplina y Apelación Deportiva a evaluar aquellos actos de indisciplina deportiva que se cometan por ésta u otras acciones antideportivas, con la finalidad de tomar las medidas oportunas para que dicho Campeonato de Fútbol 7-Aficionados, dependiente del Excmo. Ayuntamiento de Coria, discurra con extraordinaria normalidad dentro de lo que son los principios básicos del fomento de la práctica deportiva municipal de la modalidad deportiva del fútbol, visto como convivencia deportiva de competición de forma regular, social, educativa, formativa y recreativa, antes que de manera meramente competitiva dentro de cada jornada.
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